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TARJETA VERDE, NUEVA IMAGEN

Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) anunció hoy, junto con el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) pautas para marcas, ha hecho cambios menores a la imagen de la Tarjeta de Residente Permanente (Forma I-551) conocida comunmente como la “Green Card” (Tarjeta Verde). La nueva Tarjeta de Residente Permanente ahora presenta el sello de; DHS en el frente y menciona de forma prominente al “ Department of Homeland Security” (Departamento de Seguridad Nacional) en la parte de atras.

Los cambios en la tarjeta siguen al agotamiento del inventario de tarjetas usado por el antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) USCIS ha tomado también la oportunidad de agregar caracteristicas mejoradas de seguridad a las nuevas tarjetas.USCIS empezó a enviar por correo la nueva Tarjeta de Residente Permanente hoy a innmigrantes calificados aprobados ya sea para renovacion de su tarjeta o para ajuste de estatus a residente permanente legal.

Aquellas tarjetas que ya ya estan en circulación siguen teniendo validez hasta la fecha de expiracion mostrada en la tarjeta o hasta que sean recogidas por USCIS. Las tarjetas de Residente Permanente son expedidas por USCIS como evidencia de la autorización de residencia permanente legal para vivir y trabajar en los Estados Unidos.

CERTIFICACION DE TRABAJO TRANSFERIDO AL DEPARTAMENTO DE TRABAJO CENTRAL

Esta nueva regulación transfiere la aplicación de residente permanente de la certificación laboral de agencias de trabajo del estado a ubicaciones federales centralizadas para consolidar el centro y procedimiento federal y para reducir los atrasos sobresalientes. La oficina federal centralizada los atrasos regionales de la oficina y reducir las demoras en centros de procesamiento de estado. Esta nueva operación de nombre permanente debe estar en un servicio completo para el 1 de marzo de 2005. La administración de empleo Instrucción (ETA) se ha cometido en eliminar los atrasos utilizando estas oficinas centralizadas nacionales para substituir primeramente la situación antigua del estado y despues proceder con el federal.

Después del 1 de marzo de 2005, todas las aplicaciones permanentes de certificación de trabajo archivadas con la agencia de fuerza de trabajo del estado (SWA) seràn enviadas a una oficina nacional central.

DEPORTACION: BAJO LA INFLUENCIA DE ALCOHOL NO SIGNIFICA UNA DEPORTACION AUTOMATICA

El Tribunal Supremo de los Estados Unidos decidió el 9 de noviembre de 2004 que para manejar bajo la influencia de alcohol, donde puede resultar una persona herida, no necesariamente es un “crimen de violencia” para razón de deportar al inmigrante automaticamente. Un extranjero que ha sido deportado bajo esta interpretación puede aplicar para volver a los Estados Unidos.

Manejar bajo la infuencia del alcohol se había considerado un crimen grave que require la deportación automàtica y esto habia sido apoyado por la Apelación Directiva de Inmigración asi como el Tribunal de Apelación de los Estados Unidos.
El Congreso en 1998 había hecho que los ciudadanos no son sujetos a la deportación automàtica después de convicciones por felonía agravada, calificada por crimines de violencia. Ademas la violencia intensional o de cualquier otra felonía grave que implica “un riesgo substancial” de la fuerza física se consideró tambien una felonía agravada.

Un conductor bajo la influencia de alcohol que causó un accidente con su vehículo y la persona este grave, el uso de fuerza física en este caso necesariamente significa el uso natural de la palabra decidido por la Suprema Corte. Mientras uno pueda teoricamente emplear algo en una manera accidental, es natural decir que una persona ha usado la fuerza fisica contra otro, anotado por la corte.

La palabra “uso” sujiere naturalmente un grado mas alto de un intento mas que negligente o meramente accidental. Asi el tribunal tuvo que remplazar el riesgo substancial de fuerza física no aplico logicamente al manejo bajo la influencia del alcohol.

Esta decisión sera de mucha importancia para muchos inmigrantes que son acusados de actos de la violencia y que pueden ser capaces como resultado de esta decisión resistir la deportación, y volver a los Estados Unidos después de la deportación

Para Asistencia, LLAMENOS al 212-944-9071 ext. 10 Correo electronico: info@oltarsh.com