494 8th Avenue #1704
Nueva York, NY 10001, EE.UU.
(212) 944-9420
Envíanos un correo electrónico

PETICIONES DE H-1B PARA EL AÑO FISCAL 2012

Desde el 1 de abril de 2011, USCIS empezó a aceptar peticiones de H-1B. Un solicitante de H-1B es un trabajador extranjero con una ocupación especializada. El límite anual para solicitantes que solo tienen una licenciatura es 65,000 por año; una cantidad adicional de 20,000 puede ser aprobada para solicitantes que tengan una maestría o una educación superior. Si el número de solicitantes de H-1B con licenciatura es mayor de 65,000, USCIS puede seleccionar al azar entre aquellas peticiones que califican.

Los solicitantes de H-1B que califican en las siguientes categorías son exentos del límite:

  1. Solicitantes que trabajaran para universidades sin fines de lucro
  2. y para institutos  de investigación sin fines de lucro
  3. o para entidades investigadoras estadounidense o estatales.

Los candidatos quienes ya tienen la H-1B y aplican para le renovación de la autorización de trabajo o aplican para trabajar con nuevo empleador, no cuentan en la cantidad limite y pueden ser aprobados sin ningún límite del número que aplicó. Estos solicitantes de H-1B hasta son permitidos trabajar concurrentemente en un segundo empleo H-1B.

K-1 Prometido quien se casa dentro de 90 dias despues de ser admitido en los Estados Unidos puede obtener la residencia permanente aun si el prometido se ha divorciado

En Marzo 2011, la Junta de Apelaciones de Inmigración consideró que en el caso que un titular de la visa K-1 quien se ha casado con un peticionario estadounidense dentro de 90 días después de ser admitido en los Estados Unidos y ha estado casado mas de dos años y tiene el derecho a la residencia permanente, no residencia provisional. La junta también ha considerado que cuando un titular de visa de K-1 puede obtener la residencia permanente mostrando que el matrimonio fue hecho de buena fe.

Nacionales Japoneses varados en los Estados Unidos a causa de un terremoto o tsunami

A principios de marzo 2011, USCIS anunció que los nacionales japoneses pueden ser permitidos extender su periodo de exención de visa de 90 días por unos 30 días adicionales. Por causa del terremoto y tsunami, los nacionales japoneses fueron aconsejados ir a la oficina local del USCIS con evidencia del por que ellos han estado varados y mostrar su formulario de arribo y salida (I-94). A finales de marzo, los nacionales japoneses fueron aconsejados que aunque su estadía autoriza ya se haya caducado, ellos pueden cambiar o extender su estatus o recibir una extensión de su libertad condicional. Estudiantes japoneses de F-1 pueden solicitar empleo fuera del campus sin han sufrido reveses financieros. USCIS va a tratar acelerar las peticiones de inmigrante para japoneses quienes son familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes.

Para Asistencia, LLAMENOS al 212-944-9071 ext. 10 Correo electronico:info@oltarsh.com