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APLICANTES PARA LA AMNESTIA

Entre el 24 de mayo del 2004 y el 23 de mayo del 2005 aplicaciones seran aceptadas por el Servicio de Inmigracion y Ciudadania de los Estados Unidos (USCIS) por un demorado programa de legalizacion de 1986 (LULAC), el cual admite atrasos de aplicaciones de calificados despues del archivo del periodo inicial, si aquellos pueden probar que vinieron a los Estados Unidos antes del 1 de enero del 1982 y han vivido aqui ilegalmente hasta por lo menos del 4 de mayo del 1988. Atestiguamiento de amigos y familiares en la ausencia de documentos son admitibles.

REVOCACION DE LICENCIAS PARA MANEJO POR RAZON DE FALSO NUMERO DE SEGURO SOCIAL ESTABLECIDO POR EL DEPARTAMENTO DE MOTORES Y VEHICULOS (DMV)

Conductores en el Estado de Nueva York y en otros Estados enfrentan la suspencion de sus licencias a menos que puedan probar la valides del Numero de Seguro Social. El Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos aconsejo al Estado hacer esto para dar con extranjeros quienes no tienen una estadia legal. La suspencion de licencias de manejo o la falta del DMV de renovar las licencias forzara a muchos extranjeros a conducir sin una licencia y como resultado muchos quedaran despojados de su medio de vida. El subcomite del Senado Comite Juridico en Inmigracion recientemente a dado juicios en el asunto de autoridades locales de su imposicion de la ley de inmigracion. Republicanos aparentemente estan concentrados primeramente en usar la autoridades locales para sanciones de inmigracion. Democratas dirigidos por el Senador Edward Kennedy han notado que estas medidas han sido inefectas y violan los derechos basicos de las personas y promueve la discriminacion, silueta racial y no hay provision para entrenamiento de autoridades locales.

ABANDONOS POR OFENSAS DE MARIGUANA

Crimenes relacionados con Droga casi siempre resultan en la negacion de beneficios inmigratorios. El USCIS puede abandonar la prohibicion si la condena es solo por una ofensa de posesion de 30 gramos o menos de mariguana. Para adquirir un abandono, un aplicante tiene que probar que su esposo, padre o hijo es un ciudadano o residente permanente de los Estados Unidos y que su familiar va a sufrir una extrema penuria si la persona no es admitido para la residencia permanente o que esta ofensa ocurrio mas de 15 anos antes de la aplicacion para la residencia permanente y que el aplicante ha sido rehabilitado y admision a los Estados Unidos no sera prejudicial para la bienestar o seguridad del pais.

Para Asistencia, LLAMENOS al 212-944-9071 ext. 10 Correo electronico: info@oltarsh.com