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AUDIENCIAS DE DEPORTACION

Las Cortes de Circuito han notado un declive en la calidad de las adjudicaciones administrativas en materia de inmigración debido a las presiones sufridas por los Jueces de Inmigración para completar rápidamente sus agendas. Entre las objeciones de la Corte Federal se encuentran las fallas en el razonamiento legal, la falta de comportamiento acorde a la investidura judicial y la discriminación. Como resultado, se han concedido nuevas audiencias debido a la falla en proveer una audiencia completa y justa.

En los procedimientos de la Corte, los Jueces de Inmigración deben adoptar una actitud abierta y ejercitar restricción judicial a fin de asegurar una justa administración de justicia. Un juez no debe interferir en las interrogaciones o repreguntas de testigos, o asumir la dirección de una audiencia, a fin de prevenir que los abogados se exoneren de sus funciones representar propiamente a sus clientes. Prestar atención a tecnicismos sobre derechos sustanciales no es acorde al debido proceso. Los Jueces de Inmigración necesitan familiarizarse ellos mismo con un caso y tomar su decisión basado en los hechos y en la ley. Los Jueces de Inmigración deben postular las razones para sus decisiones para permitir a la persona una oportunidad justa de apelar.

SITIO DE LA AUDIENCIA Y SUSPENCIONES

A pesar de la motivación de las Cortes para una rápida conclusión de los casos, es necesario que se respeten los derechos de las personas. Un Juez no debe denegar de manera arbitraria un requerimiento para un cambio de sitio de una audiencia cuando la persona se ha mudado. La Corte de Apelaciones sostuvo que un Juez de Inmigración no debe ser agresivo u hostil, y no debe hacer evaluaciones de carácter irrelevantes o inclementes o comentarios desfavorables durante una audiencia. La Corte de Apelaciones ha ordenado volcar casos a diferentes Jueces a fin de asegurar una audiencia justa cuando un Juez ha demostrado que ha sido abrumado o perjudicado en un caso.

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