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Junio 2006
PROYECTO DE LEY DE INMIGRACION APROBADO POR EL SENADO,
MAYO 25 DE 2006
El pasado 25 de Mayo de 2006 el Senado de los Estados Unidos
ha aprobado el proyecto de inmigración, el cual disputa
el proyecto aprobado por la casa de los Representantes en
Diciembre de 2005. El proyecto aprobado por el Senado, legaliza
el estatus de los extranjeros quienes hayan permanecido dentro
de los Estados Unidos como mínimo 5 años con
anterioridad al 5 de Abril de 2006. Seis años de permiso
de trabajo serían otorgados continuando con residencia
permanente. Una multa de 2.000 dólares será
impuesta, aprender inglés será requerido también
conjunto con el conocimiento de nuestras leyes e historia.
Se deberá mostrar constancia de pago de impuestos.
Los extranjeros en los Estados Unidos con permanencia entre
2 y 5 años deberán dejar el país obligatoriamente
a tiempo diferido. Esta clase de extranjeros ilegales podrían
aplicar para un permiso de trabajo, pero para ello deberían
dejar el país dentro de un período de 3 años
y luego aplicar para este derecho fuera de los Estados Unidos.
Este proceso desalentará a varios extranjeros; es
de conocimiento público que una vez fuera de los Estados
Unidos los Consulados suelen ser bastante inestables en el
otorgamiento de permisos para los aplicantes. Sin embargo,
se permite el otorgamiento de perdones si se presenta prueba
substancial de grave perjuicio para el cónyuge e hijos
ciudadanos Estadounidenses.
Incluido en este proyecto de ley se encuentra también
un incremento en el programa de visas a trabajadores temporarios,
permisos a familias, trabajadores en general, inmigrantes
habilidades extraordinarias y estudiantes secundarios indocumentados.
Un permiso de 6 años seria otorgado a egresados de
escuela secundaria habiendo empezado esta antes de los 16
años de edad y hayan permanecido dentro de los Estados
Unidos con anterioridad al 5 de Abril de 2006.
Con el propósito de mantener en competencia a los Estados
Unidos con respecto al resto de los países del mundo,
las visas de tipo H-1B y EB serían también reformadas
si se aprobase esta ley.
Los principales beneficios otorgados en este proyecto de
ley incluyen:
A. Un incremento de 50.000 visas del tipo H-1B, subiendo el
cupo a 115.000 sobre el actual cupo de 65.000.
B. En reconocimiento a la gran importancia que otorgan los
trabajadores con habilidades extraordinarias a la economía
de los Estados Unidos, las visas del tipo EB se incrementarían
substancialmente.
C. El cupo de visas del tipo H-1B y EB para inmigrantes con
estudios avanzados en ciencias, tecnología, ingenierías
y matemáticas será ilimitado si esta ley fuese
aprobada.
Legalización, CSS/Proyecto Newman
La legalización bajo sección 245 del Acto Inmigratorio
Nacional estuvo disponible para todo extranjero quien hubiese
entrado a los Estados Unidos con anterioridad al 1º de
Enero de 1982 y haya permanecido dentro de los Estados Unidos
desde ese momento hasta la actualidad, cuyo permiso de permanencia
dentro del país haya expirado con anterioridad al 1º
de Enero de 1982, o cuyo estado ilegal haya sido de conocimiento
por el gobierno con anterioridad al 1º de Enero de 1982
y haya aplicado para los beneficios del Acto con anterioridad
al 31 de Diciembre.
El USCIS ha rechazado muchas de estas aplicaciones por haber
sido completadas en manera inapropiada. En suma, el USCIS
ha rechazado formas por no haber sido recibidas a tiempo,
aun siendo enviadas en tiempo correcto pero dicho organismo
no las ha sellado en el día de recepción. El
USCIS ha rechazado formularios también por falta de
firmas en cada página, cuando los aplicantes han inadvertidamente
olvidado rubricar las mismas. El USCIS ha rechazado estas
aplicaciones sin proveer explicación alguna y sin permitir
a los aplicantes corregir los errores o reabrir los casos.
El USCIS ha olvidado aplicar su propio manual, que indica
que las aplicaciones deberán ser aceptadas en caso
que el monto requerido para la misma sea el correcto y adjuntado
y el aplicante insista en archivar el mismo.
Hemos comenzado una acción en contra de la Corte Federal
para obligar al USCIS a considerar estas aplicaciones debido
a que el USCIS esta actuando en manera arbitraria y caprichosa.
Si alguno de nuestros lectores califica bajo éste programa
y ha sido rechazado por el USCIS de la misma manera, esta
invitado a llamarnos y unirse a la Acción a seguir
en contra de la USCIS.
Para Asistencia, LLAMENOS al (212) 944-9420 ext. 10 Correo electronico:
info@oltarsh.com
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