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1. ¿Cómo puedo ser ciudadano americano?
Usted puede ser ciudadano americano (1) por nacimiento o (2)
a través de la
naturalización.
2. ¿Quién es ciudadano americano de
nacimiento?
Por lo general, las personas son ciudadanos americanos de
nacimiento si nacen en territorio de los Estados Unidos o
son hijos de ciudadanos americanos:
(1) Si usted nació en los Estados Unidos:
Incluso también, en la mayoría de los casos,
los nacidos en Puerto Rico, Guam y las Islas Vírgenes
de los EE.UU., son ciudadanos americanos de nacimiento (a
menos que sean hijos de un diplomático extranjero).
La partida de nacimiento es la constancia de su ciudadanía.
(2) Si usted nació en el exterior y es hijo de DOS
ciudadanos americanos:
Y por lo menos uno de sus padres vivió en los Estados
Unidos en algún momento
de su vida, entonces, en la mayoría de los casos, usted
es ciudadano americano.
Su registro de nacimiento en el exterior, si es registrado
con un consulado o una
embajada de los EE.UU., es constancia de su ciudadanía.
Usted puede también
solicitar un pasaporte para que se reconozca su ciudadanía.
Si necesita constancia adicional de su ciudadanía,
puede presentar una "Solicitud para un Certificado de
Ciudadanía" (Formulario N-600) al INS para obtener
un Certificado de Ciudadanía.
Llame al Número de Teléfono para Formularios
del INS al
1-800-870-3676 para solicitar un Formulario N-600 o recoja
el formulario en la
Red Internet en la dirección http://www.ins.usdoj.gov.
(3) Si usted nació en el extranjero y es hijo de UN
ciudadano americano:
En la mayoría de los casos, usted es ciudadano americano
si TODO lo siguiente es cierto:
• Uno de sus padres era ciudadano americano en el momento
de su nacimiento;
• El padre o madre ciudadano americano había
vivido por lo menos 5 años en los
Estados Unidos antes de que usted naciera; y
• Por lo menos 2 de estos 5 años vividos en los
Estados Unidos ocurrieron después de que el padre o
madre ciudadano había cumplido catorce años.
Su registro de nacimiento en el exterior, si es registrado
con un consulado o una
embajada de los EE.UU., es constancia de su ciudadanía.
Usted puede también solicitar un pasaporte para que
se reconozca su ciudadanía. Si necesita constancia
adicional de su ciudadanía, puede presentar una "Solicitud
para un Certificado de Ciudadanía" (Formulario
N-600) al INS para obtener un Certificado de Ciudadanía.
Llame al Número de Teléfono para Formularios
del INS al 1-800-870-3676 para solicitar un Formulario N-600
o recoja el formulario en la Red Internet en la dirección
http://www.ins.usdoj.gov.
Esta información es cortesía de Oltarsh
y Abogados, PC, una firma de abogados
de inmigracion en Nueva York. Oltarsh y Abogados tienen
mas de 30 anos de experiencia en
casos de inmigracion. Si necesita ayuda en el proceso
de inmigracion, no dude en llamar a uno de nuestros abogados
de inmigracion!
Fuente de informacion: Una Guía para la Naturalización,
escrito por el US Department of Justice, Immigration
and Naturalization Services. Para Asistencia, LLAMENOS al (212) 944-9420 ext. 10 Correo electronico:
info@oltarsh.com
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