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Agosto 2008

CHILDREN OF U.S. CITIZENS

Un hijo de ciudadano estadounidense tiene el derecho automático a la ciudadanía estadounidense. Esto es importante especialmente para un hijo que esta en proceso de deportación o exclusión por una felonía u otro delito serio que puede resultar en deportación o denegación de la residencia permanente. Aun en los casos en que el individuo esta en proceso de deportación por haber ingresado a los Estados Unidos sin una visa, si uno de los padres es ciudadano estadounidense, el hijo puede ser ciudadano de los Estados Unidos, sin siquiera saberlo, y así resolver el problema del ingreso ilegal.

Para ser un ciudadano estadounidense de manera automática, las regulaciones requieren lo siguiente:

  1. Ciudadanía estadounidense de al menos uno de los padres;
  2. El hijo debe ser menor de 18 años y soltero;
  3. El hijo debe ser residente permanente;
  4. El hijo debe residir en los Estados Unidos bajo custodia física y legal del padre ciudadano estadounidense.

Para niños que cumplieron 18 años antes del 27 de Febrero de 2001, los requisitos para ser ciudadanos americanos son los siguientes:

  1. Que el otro padre sea también un ciudadano americano; o
  2. Que madre del hijo sea naturalizada y no este casada con el padre; o
  3. Que el padre haya fallecido;
  4. Que el padre naturalizado esta divorciado o separado y que tenga la custodia legal del hijo.

Si el niño es un residente permanente y menor de 18 años, y tiene un padre naturalizado, se convierte en ciudadano estadounidense.

Para Asistencia, LLAMENOS al (212) 944-9420 ext. 10 Correo electronico: info@oltarsh.com





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