Indice Sobre Nosotros Areas de Practica Publicaciones Manejo de Casos Contactenos Tel: (212) 944-9420

Abogados de Inmigracion > Publicaciones > PLAZO PARA APLICAR, 1 DE ABRIL DE 2007

APLICACIONES PARA CATEGORIA H-1:

PLAZO PARA APLICAR, 1 DE ABRIL DE 2007

La categoría H-1 se ha cerrado por algunos meses por haberse superado la cantidad de suscripciones permitidas por el cupo. Para el nuevo año fiscal que comienza a partir del 1 de Octubre de 2007, puede aplicarse a partir del 1 de Abril de 2007. Teniendo en cuenta que el cupo alcanza su limitación rápidamente, recomendamos a los posibles aspirantes a dicha categoría, llamar a nuestras oficinas lo mas pronto posible, para darnos el tiempo necesario para preparar los formularios y demás adicionales antes de fines de Marzo e iniciar el trámite a partir del 1 de abril de 2007. Si la aplicación esta preparada de manera apropiada, y el trámite se inicia alrededor del 1 de abril, el aspirante tiene casi asegurada la posibilidad de ser aprobado. Un factor esencial en la aplicación es un titulo universitario que este relacionado razonablemente con las necesidades del trabajo ofrecido y/o experiencia laboral por 3 años por cada año que haya sido certificado por un servicio educacional acreditado como el equivalente a un año de Universidad por cada 3 años de experiencia. Los tres años de experiencia práctica de alta responsabilidad es normalmente considerado equivalente a un año de educación por cada tres años de experiencia calificada.

Para los aspirantes a la categoría H-1 que ya tengan una aplicación aprobada, no hay cupo limitado cuando se trata de una transferencia de una compañía a la otra. Por lo tanto, el trabajador bajo categoría H-1 que desea ser transferido a otra compañía no tiene que esperara hasta el 1 de Octubre de 2007 para comenzar a trabajar en la nueva compañía. Incluso, la persona transferida no tiene que esperar a ser aprobada para comenzar su nuevo trabajo pudiendo comenzar a trabajar tan pronto como el trámite para la transferencia de la actual categoría H-1 sea iniciado.

En caso de aspirantes que trabajan para una organización sin fines de lucro dedicada a la investigación tampoco hay cupo limitado. Todo candidato a categoría H-1 que este debidamente calificado y tenga un ofrecimiento de trabajo de una fundación o instituto sin fines de lucro que se dedique a la investigación, no requiere esperar al 1 de Abril de 2007 para iniciar la tramitación. Tan pronto como la aplicación es aprobada, el candidato esta habilitado para comenzar a trabajar para la fundación o instituto de que se trate. Si se requiere servicio expedito se debe pagar un arancel adicional de $1,000. En esos casos el USCIS asegura la finalización del proceso dentro de los 10 días posteriores a su inicio.

LICENCIAS DE CONDUCIR PARA PERSONAS

INDOCUMENTADAS EN EL ESTADO DE NUEVA YORK.

El Gobernador Eliot Spitzer ha apoyado la obtención de licencias de conducir para todos los conductores en Nueva York sin importar su situación inmigratoria. En el pasado, se ha denegado licencia de conducir a más de 250,000 conductores en el Estado de Nueva York debido a la imposibilidad de probar su status legal.

El Gobernador se ha comprometido a desarrollar un sistema de licencias de conducir con mayor inclusión. Esta reforma es urgente porque cada mes expiran 3, 000 licencias de conducir y los conductores no están calificados para renovarlas. Se han reportado aproximadamente 65,000 inmigrantes ilegales en Nueva York que se encuentran en situación vulnerable respecto a la licencia de conducir. El Gobernador prometió resolver la ordenanza que limita la emisión de licencias de conducir y además, la emisión de licencias para todos los conductores en el Estado de Nueva York sin consideración de su situación inmigratoria. En miras a la seguridad, es preferible permitir a los conductores identificarse a mantener una clase social en detrimento porque debido a los requisitos inmigratorios están forzados a conducir sin licencias.


 


Para Asistencia, LLAMENOS al (212) 944-9420 ext. 10 Correo electronico: info@oltarsh.com





Publicaciones



Enfoque

J VISA: VISITANTES DE INTERCAMBIO

Julio , 2008

MOCIONES PARA REABRIR CASOS BASADAS EN CAMBIOS DE CIRCUNSTANCIAS Y NUEVAS EVIDENCIAS

Junio , 2008

ACTA PROTECCION AL STATUS DEL NIÑO, REVISIONES RECIENTES

CONOCIMIENTO ESPECIALIZADO PARA EMPLEADOS TRANSFERIDOS EN UNA COMPA&Ntilde

Mayo , 2008

HABILIDADES EXTRAORDINARIAS

CASOS LABORALES - EDUCACION SUPERIOR

Abril , 2008

INMIGRANTES QUE OBTUVIERON LA “ADVANCE PAROLE” PUEDEN SOLICITAR LA GREEN CARD

Marzo , 2008

INMIGRANTES, BENEFICIOS PUBLICOS

Febrero , 2008

CORRECCIONES EN INJUSTICIAS EN CASO DE INMIGRACION

Enero , 2008

ACCIONES RAPIDAS PARA DEMORAS EN TRAMITES DE INMIGRACION

Diciembre , 2007

CONYUGES O NIÑOS MALTRATADOS

REVISION DE GREEN CARDS DENEGADAS

Noviembre , 2007

LOTERIA DEL PROGRAMA DE VISAS DE DIVERSIFICACION DE INMIGRANTES (DV-2009)

Septiembre, 2007

DETENCION Y REMOCION, PODEMOS AYUDARLO

Agosto, 2007

ALTERNATIVA PARA OBTENER LA RESIDENCIA PERMANENTE

Julio, 2007

VISAS DE EMPLEO

Junio, 2007

REFORMA MIGRATORIA

 

Inmigracion

Pase Facil para inmigrar a los Estados Unidos

Servicios



Tarjeta Verde

Ciudadania Americana

Visa de Trabajo


Deportacion y Asilo


Visas de Familia

Procesamiento Consular

Visas Profesionales para Australianos


Experiencia

Oltarsh & Associates, P.C. es una firma de abogados quienes exitosamente han tratado con asuntos de inmigracion por mas de 40 anos. Hemos ayudado a cientos de personas a obtener tarjetas verdes, ciudadania americana, asilo, y visas de trabajo.

Mas información sobre nuestra experiencia

 

   Copyright © 2004 Oltarsh & Associates, P.C. - Abogados de Inmigracion Nueva York. All rights reserved. Mapa del sitio.
    Oltarsh & Associates, 494 Eighth Avenue, Suite 1704, New York, New York 10001. Informacion - New York Abogados de Inmigracion.

AVISO LEGAL
El Material en este sitio de Internet es solo para propósitos educacionales y de entretenimiento. Esta información no constituye consejo legal alguno. La ley cambia constantemente y la información puede no ser completa o totalmente correcta, dependiendo en la fecha del artículo y como este afecta su problema legal en particular. Cada problema legal depende de los hechos individualmente. Usted no debe depender o actuar conforme a ninguna información en este sitio de Internet sin buscar el consejo de un abogado competente, licenciado para la práctica de la ley en su caso particular.